El gasto público son las erogaciones en dinero que ejecuta el Estado en virtud de una ley para cumplir sus fines. El nivel de gasto público general, y los programas de gastos concretos que determinan este nivel de gasto sucintan diversas cuestiones de eficiencia y equidad.
Los gastos públicos constituyen:
- las erogaciones que efectúa el Estado para adquirir bienes instrumentales o intermedios y factores para producir bienes y servicios públicos;
- o para adquirir bienes de consumo a distribuir gratuitamente o contra el pago de una retribución directamente a los consumidores;
- o bien para transferir el dinero recaudado con los recursos a individuos o empresas, sin ningún proceso de producción de bienes o servicios.
- CLASIFICACIÓN DE LOS GASTOS PÚBLICOS
Gastos ordinarios y extraordinarios
La doctrina financiera clásica distinguía los gastos públicos en gastos ordinarios y extraordinarios. Esta clasificación tenía, como propósito principal, establecer una correlación con la análoga clasificación de los recursos en ordinarios y extraordinarios.
Se sostenía, al respecto, que mientras los gastos ordinarios (corrientes, periódicos, nacidos de la normal producción de los servicios públicos) debían ser financiados con recursos ordinarios (tributos, tarifas de empresas públicas o productos de monopolios fiscales), los gastos extraordinarios (como los originados por calamidades o catástrofes naturales) debían financiarse con recursos del crédito o con gravámenes de emergencia, como el impuesto al capital.
Gastos productivos y de transferencia
Según esta clasificación son gastos productivos los que corresponden a la adquisición de bienes intermedios y factores para la producción de los bienes y servicios públicos. Tales gastos producen un aumento de la renta nacional.
Son, en cambio, gastos de transferencia los que consisten en el gago de una suma a determinadas personas, sin ninguna retribución al Estado y no generan un aumento de la renta nacional sino solo una diferente distribución de la misma.
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